¿Quién debe pagar alimentos?
La cuota alimentaria es una obligación legal destinada a cubrir las necesidades básicas de los hijos, como alimentación, vivienda, educación, salud y recreación. En primer lugar, esta responsabilidad corresponde a ambos padres, quienes deben contribuir según sus posibilidades económicas. Sin embargo, cuando uno de los progenitores incumple con el pago o no cuenta con ingresos registrados, la justicia puede igualmente fijar una cuota considerando su verdadera capacidad económica, aun cuando trabaje en la informalidad. En los casos en que el obligado principal no cumple o no puede afrontar la obligación, la ley prevé la posibilidad de reclamar alimentos a otros familiares. Principalmente, la obligación puede extenderse a los abuelos, quienes tienen un deber alimentario de carácter subsidiario. Esto significa que pueden ser demandados cuando los padres no garantizan adecuadamente el sustento del niño. El sistema jurídico busca asegurar que el derecho alimentario de los niños no quede desprotegido, priorizando siempre su bienestar y su desarrollo integral, incluso cuando sea necesario recurrir a otros familiares para garantizar el cumplimiento de esta obligación.
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